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Cumplimiento · Plano 3

Información de sostenibilidad

Directiva (UE) 2022/2464 (CSRD) · Directiva (UE) 2026/470 · Normas ESRS

Cuando la organización publica información de sostenibilidad, las cifras sobre sus residuos deben sostenerse en un proceso de verificación independiente. EoL360 aporta la trazabilidad, activo a activo, que respalda esas cifras.

Qué organizaciones están obligadas

> 450 M€
volumen de negocios neto
> 1.000
empleados de media

En la Unión Europea, tras la reforma de 2026, la obligación de publicar información de sostenibilidad bajo la CSRD se limita a las empresas y grupos con un volumen de negocios neto superior a 450 millones de euros y más de 1.000 empleados de media. En España, mientras la transposición sigue en tramitación parlamentaria, las empresas obligadas presentan el estado de información no financiera, que ya exige informar sobre economía circular y prevención y gestión de residuos (art. 49.6 del Código de Comercio).

Si la organización no está en el perímetro

La reforma protege a las empresas de hasta 1.000 empleados que forman parte de la cadena de valor de una empresa obligada: solo están obligadas a facilitar la información prevista en las normas voluntarias. Esas normas incluyen el peso total de residuos generados y el porcentaje desviado hacia reciclado o preparación para la reutilización. Es exactamente el tipo de dato que EoL360 documenta.

Qué exige sobre los residuos

La norma ESRS E5-5 (salidas de recursos) exige divulgar, sobre los residuos de las propias operaciones:

  • los flujos de residuos y su peso total;
  • el porcentaje desviado de la eliminación, desglosado entre preparación para la reutilización, reciclado y otras formas de valorización;
  • el porcentaje destinado a eliminación;
  • el porcentaje de residuos cuyo destino final se desconoce.
En la práctica:

sin trazabilidad hasta el tratamiento final, los equipos entregados a terceros sin documentar acaban en la categoría de «destino final desconocido».

Por qué importa la fase pre-residuo

Un equipo que se reutiliza antes de convertirse en residuo no es un residuo: no computa en el peso total de residuos generados. En cambio, la «preparación para la reutilización» se aplica a lo que ya es residuo. Distinguir las dos situaciones, y documentarlas, cambia las cifras que la organización divulga.

Reutilización previa

  • No es residuo
  • No computa en el peso total

Preparación para la reutilización

  • Ya es residuo
  • Computa en el peso total

Referencias normativas

Directiva (UE) 2022/2464Marco de la información corporativa sobre sostenibilidad (CSRD).
Directiva (UE) 2025/794Aplaza la aplicación a los ejercicios que comienzan a partir del 1-1-2027 y el 1-1-2028, según el caso.
Directiva (UE) 2026/470Limita el perímetro a más de 450 M€ de volumen de negocios neto y más de 1.000 empleados, y protege a las empresas de la cadena de valor de hasta 1.000 empleados.
Reglamento Delegado (UE) 2026/1563Normas ESRS simplificadas, aplicables a los ejercicios que comienzan a partir del 1-1-2027. Incluye la E5-5 (salidas de recursos).
Reglamento Delegado (UE) 2026/1560Normas voluntarias para las empresas protegidas de la cadena de valor.
Código de Comercio · art. 49.6Contenido del estado de información no financiera, incluida la economía circular y la prevención y gestión de residuos.

Qué documenta EoL360

Exigencia E5-5Documento
Peso y flujos de residuosRegistro individualizado por activo e informe de impacto ambiental.
Desglose por operación de tratamientoInforme del gestor RAEE, por lote.
Residuos con destino final desconocidoTrazabilidad hasta el tratamiento final de cada activo.
Separar la reutilización previa del residuoInforme de evaluación técnica (fase pre-residuo).

Además, EoL360 cuantifica las emisiones evitadas como indicador complementario, sin deducirlas del inventario de emisiones.

Del dato declarado al dato trazable.

Mostramos cómo EoL360 respaldaría las cifras de residuos de la próxima información de sostenibilidad de la organización.

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